La Corte Constitucional tumbó este miércoles dos sentencias que declaraban que el aborto en Colombia no era un derecho fundamental.
Las sentencias anuladas corresponden a las T-430 de 2022 y T-158 de 2023 y, a través de un breve comunicado, la Corte indicó que en esta decisión salvaron sus votos los magistrados Antonio José Lizarazo, Jorge Enrique Ibáñez, Cristina Pardo y Paola Andrea Meneses.
Tras la decisión de la Corte, se pasaría a una nueva ponencia que estudiará si el abortó es tema de salud pública o sí es un derecho.
La sentencia T-158 de 2023 establecía que no se puede derivar la existencia de un “derecho fundamental al aborto” o que “su práctica constituya una obligación a cargo del sistema de seguridad social en salud”.
La sentencia T-158 de 2023 establecía que no se puede derivar la existencia de un “derecho fundamental al aborto” o que “su práctica constituya una obligación a cargo del sistema de seguridad social en salud”.
Por su parte, la T-430 de 2022, establecía que “no es posible deducir de la sentencia C-055 de 2022 un supuesto derecho fundamental a la Interrupción Voluntaria del Embarazo, ni su legalización, ni la obligación del sistema de seguridad social en salud de practicarla, pero tampoco que se encuentre prohibida ni que, en determinadas circunstancias, no existan razones constitucionales para su práctica”.
Ambas sentencias no terminaban afectando el hecho que abortar hasta la semana 24 de gestación dejó de ser un delito, que fue lo que dijo la Corte en la histórica sentencia de 2022.
De hecho, la Sala Plena ya negó en febrero de este año varios recursos que pedían anular ese fallo, por lo que la despenalización de la práctica sigue en firme.
Ambas sentencias no terminaban afectando el hecho que abortar hasta la semana 24 de gestación dejó de ser un delito, que fue lo que dijo la Corte en la histórica sentencia de 2022.
De hecho, la Sala Plena ya negó en febrero de este año varios recursos que pedían anular ese fallo, por lo que la despenalización de la práctica sigue en firme.
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