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domingo, 12 de noviembre de 2023

Impuesto predial: así se aplicaría los topes para limitar el incremento del pago

El Gobierno Nacional radicó proyecto de ley que aumentaría el impuesto predial hasta un 300%.

El pasado 10 de noviembre el Gobierno Nacional, por medio del Ministerio de Hacienda, radicó un proyecto de ley que busca determinar los topes en el impuesto predial en todo el territorio nacional.

Según el documento oficial, se propone realizar una modificación parcial a la Ley 44 de 1990, con la derogación de la Ley 1995 de 2019, la cual establece normativas relacionadas con el catastro y los impuestos sobre la propiedad raíz, además de disposiciones tributarias territoriales. El texto sugiere que, para los predios urbanos con un avalúo catastral igual o inferior a 135 salarios mínimos legales mensuales vigentes, se contempla la posibilidad de aumentar hasta un 50% el monto liquidado en el año anterior.

En el caso de los predios urbanos cuyo avalúo se sitúe por encima de los 135 salarios mínimos, pero no exceda los 250 salarios mínimos, se plantea la opción de un incremento en el impuesto predial de hasta el 100%.

“Los predios urbanos con destino económico, habitacional o comercial cuyo avalúo catastral sea superior a 250 SMMLV y menor o igual a 350 SMMLV tendrán hasta el 150% más del monto liquidado por el mismo concepto del año anterior” se lee en el documento.

Para las propiedades que tengan avalúos superiores a 250 salarios mínimos y menor o igual a 350 salarios mínimos, el aumento podría llegar hasta el 15%.

“Hasta el 300% del monto liquidado por el mismo concepto el año inmediatamente anterior para los predios urbanos y rurales cuyo avalúo catastral sea superior a 500 SMMLV”, indica el texto.

De igual manera, otros puntos claves de este proyecto, según el Ministerio de Hacienda, son: la unificación de dos leyes, se pronostica que solo el 5% de los predios estarán en los rangos más altos del aumento, este cambio buscaría la progresividad, pues se establecen diferentes rangos.

Topes para limitar el incremento del impuesto predial

En el proyecto de ley se proponen los siguientes límites en el aumento del impuesto predial:

En los terrenos urbanos destinados para uso residencial y comercial, con un valor catastral que supere los 135 salarios mínimos, pero que no alcance los 250 salarios mínimos, se contempla la posibilidad de aplicar un aumento de hasta el 100%.

El impuesto predial podría experimentar un aumento de hasta el 50% en terrenos urbanos destinados para uso residencial y comercial, siempre que el valor catastral no supere los 135 salarios mínimos legales mensuales vigentes, equivalente a aproximadamente 156.6 millones de pesos en los valores actuales de 2023.

En el caso de terrenos urbanos destinados a fines residenciales y comerciales con un valor catastral superior a los 250 salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMMLV) pero inferior a los 350 SMMLV (equivalentes a 406 millones de pesos), se contempla la posibilidad de un ajuste del 150%.

En el caso de los predios rurales y urbanos con un avalúo superior a los  350 SMMLV, pero menor a  500 SMMLV, es decir, 580 millones, el aumento sería del 200%.

Los predios rurales y urbanos que superen los 500 SMMLV, podrían tener un aumento del 300%.

Fuente

Sistema Integrado Digital

El Gobierno Nacional radicó proyecto de ley que aumentaría el impuesto predial hasta un 300%.

El pasado 10 de noviembre el Gobierno Nacional, por medio del Ministerio de Hacienda, radicó un proyecto de ley que busca determinar los topes en el impuesto predial en todo el territorio nacional.

Según el documento oficial, se propone realizar una modificación parcial a la Ley 44 de 1990, con la derogación de la Ley 1995 de 2019, la cual establece normativas relacionadas con el catastro y los impuestos sobre la propiedad raíz, además de disposiciones tributarias territoriales. El texto sugiere que, para los predios urbanos con un avalúo catastral igual o inferior a 135 salarios mínimos legales mensuales vigentes, se contempla la posibilidad de aumentar hasta un 50% el monto liquidado en el año anterior.

En el caso de los predios urbanos cuyo avalúo se sitúe por encima de los 135 salarios mínimos, pero no exceda los 250 salarios mínimos, se plantea la opción de un incremento en el impuesto predial de hasta el 100%.

“Los predios urbanos con destino económico, habitacional o comercial cuyo avalúo catastral sea superior a 250 SMMLV y menor o igual a 350 SMMLV tendrán hasta el 150% más del monto liquidado por el mismo concepto del año anterior” se lee en el documento.

Para las propiedades que tengan avalúos superiores a 250 salarios mínimos y menor o igual a 350 salarios mínimos, el aumento podría llegar hasta el 15%.

“Hasta el 300% del monto liquidado por el mismo concepto el año inmediatamente anterior para los predios urbanos y rurales cuyo avalúo catastral sea superior a 500 SMMLV”, indica el texto.

De igual manera, otros puntos claves de este proyecto, según el Ministerio de Hacienda, son: la unificación de dos leyes, se pronostica que solo el 5% de los predios estarán en los rangos más altos del aumento, este cambio buscaría la progresividad, pues se establecen diferentes rangos.

Topes para limitar el incremento del impuesto predial

En el proyecto de ley se proponen los siguientes límites en el aumento del impuesto predial:

En los terrenos urbanos destinados para uso residencial y comercial, con un valor catastral que supere los 135 salarios mínimos, pero que no alcance los 250 salarios mínimos, se contempla la posibilidad de aplicar un aumento de hasta el 100%.

El impuesto predial podría experimentar un aumento de hasta el 50% en terrenos urbanos destinados para uso residencial y comercial, siempre que el valor catastral no supere los 135 salarios mínimos legales mensuales vigentes, equivalente a aproximadamente 156.6 millones de pesos en los valores actuales de 2023.

En el caso de terrenos urbanos destinados a fines residenciales y comerciales con un valor catastral superior a los 250 salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMMLV) pero inferior a los 350 SMMLV (equivalentes a 406 millones de pesos), se contempla la posibilidad de un ajuste del 150%.

En el caso de los predios rurales y urbanos con un avalúo superior a los  350 SMMLV, pero menor a  500 SMMLV, es decir, 580 millones, el aumento sería del 200%.

Los predios rurales y urbanos que superen los 500 SMMLV, podrían tener un aumento del 300%.

Fuente

Sistema Integrado DigitalEl Gobierno Nacional radicó proyecto de ley que aumentaría el impuesto predial hasta un 300%.

El pasado 10 de noviembre el Gobierno Nacional, por medio del Ministerio de Hacienda, radicó un proyecto de ley que busca determinar los topes en el impuesto predial en todo el territorio nacional.

Según el documento oficial, se propone realizar una modificación parcial a la Ley 44 de 1990, con la derogación de la Ley 1995 de 2019, la cual establece normativas relacionadas con el catastro y los impuestos sobre la propiedad raíz, además de disposiciones tributarias territoriales. El texto sugiere que, para los predios urbanos con un avalúo catastral igual o inferior a 135 salarios mínimos legales mensuales vigentes, se contempla la posibilidad de aumentar hasta un 50% el monto liquidado en el año anterior.

En el caso de los predios urbanos cuyo avalúo se sitúe por encima de los 135 salarios mínimos, pero no exceda los 250 salarios mínimos, se plantea la opción de un incremento en el impuesto predial de hasta el 100%.

“Los predios urbanos con destino económico, habitacional o comercial cuyo avalúo catastral sea superior a 250 SMMLV y menor o igual a 350 SMMLV tendrán hasta el 150% más del monto liquidado por el mismo concepto del año anterior” se lee en el documento.

Para las propiedades que tengan avalúos superiores a 250 salarios mínimos y menor o igual a 350 salarios mínimos, el aumento podría llegar hasta el 15%.

“Hasta el 300% del monto liquidado por el mismo concepto el año inmediatamente anterior para los predios urbanos y rurales cuyo avalúo catastral sea superior a 500 SMMLV”, indica el texto.

De igual manera, otros puntos claves de este proyecto, según el Ministerio de Hacienda, son: la unificación de dos leyes, se pronostica que solo el 5% de los predios estarán en los rangos más altos del aumento, este cambio buscaría la progresividad, pues se establecen diferentes rangos.

Topes para limitar el incremento del impuesto predial

En el proyecto de ley se proponen los siguientes límites en el aumento del impuesto predial:

En los terrenos urbanos destinados para uso residencial y comercial, con un valor catastral que supere los 135 salarios mínimos, pero que no alcance los 250 salarios mínimos, se contempla la posibilidad de aplicar un aumento de hasta el 100%.

El impuesto predial podría experimentar un aumento de hasta el 50% en terrenos urbanos destinados para uso residencial y comercial, siempre que el valor catastral no supere los 135 salarios mínimos legales mensuales vigentes, equivalente a aproximadamente 156.6 millones de pesos en los valores actuales de 2023.

En el caso de terrenos urbanos destinados a fines residenciales y comerciales con un valor catastral superior a los 250 salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMMLV) pero inferior a los 350 SMMLV (equivalentes a 406 millones de pesos), se contempla la posibilidad de un ajuste del 150%.

En el caso de los predios rurales y urbanos con un avalúo superior a los  350 SMMLV, pero menor a  500 SMMLV, es decir, 580 millones, el aumento sería del 200%.

Los predios rurales y urbanos que superen los 500 SMMLV, podrían tener un aumento del 300%.

Fuente

Sistema Integrado DigitalEl Gobierno Nacional radicó proyecto de ley que aumentaría el impuesto predial hasta un 300%.

El pasado 10 de noviembre el Gobierno Nacional, por medio del Ministerio de Hacienda, radicó un proyecto de ley que busca determinar los topes en el impuesto predial en todo el territorio nacional.

Según el documento oficial, se propone realizar una modificación parcial a la Ley 44 de 1990, con la derogación de la Ley 1995 de 2019, la cual establece normativas relacionadas con el catastro y los impuestos sobre la propiedad raíz, además de disposiciones tributarias territoriales. El texto sugiere que, para los predios urbanos con un avalúo catastral igual o inferior a 135 salarios mínimos legales mensuales vigentes, se contempla la posibilidad de aumentar hasta un 50% el monto liquidado en el año anterior.

En el caso de los predios urbanos cuyo avalúo se sitúe por encima de los 135 salarios mínimos, pero no exceda los 250 salarios mínimos, se plantea la opción de un incremento en el impuesto predial de hasta el 100%.

“Los predios urbanos con destino económico, habitacional o comercial cuyo avalúo catastral sea superior a 250 SMMLV y menor o igual a 350 SMMLV tendrán hasta el 150% más del monto liquidado por el mismo concepto del año anterior” se lee en el documento.

Para las propiedades que tengan avalúos superiores a 250 salarios mínimos y menor o igual a 350 salarios mínimos, el aumento podría llegar hasta el 15%.

“Hasta el 300% del monto liquidado por el mismo concepto el año inmediatamente anterior para los predios urbanos y rurales cuyo avalúo catastral sea superior a 500 SMMLV”, indica el texto.

De igual manera, otros puntos claves de este proyecto, según el Ministerio de Hacienda, son: la unificación de dos leyes, se pronostica que solo el 5% de los predios estarán en los rangos más altos del aumento, este cambio buscaría la progresividad, pues se establecen diferentes rangos.

Topes para limitar el incremento del impuesto predial

En el proyecto de ley se proponen los siguientes límites en el aumento del impuesto predial:

En los terrenos urbanos destinados para uso residencial y comercial, con un valor catastral que supere los 135 salarios mínimos, pero que no alcance los 250 salarios mínimos, se contempla la posibilidad de aplicar un aumento de hasta el 100%.

El impuesto predial podría experimentar un aumento de hasta el 50% en terrenos urbanos destinados para uso residencial y comercial, siempre que el valor catastral no supere los 135 salarios mínimos legales mensuales vigentes, equivalente a aproximadamente 156.6 millones de pesos en los valores actuales de 2023.

En el caso de terrenos urbanos destinados a fines residenciales y comerciales con un valor catastral superior a los 250 salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMMLV) pero inferior a los 350 SMMLV (equivalentes a 406 millones de pesos), se contempla la posibilidad de un ajuste del 150%.

En el caso de los predios rurales y urbanos con un avalúo superior a los  350 SMMLV, pero menor a  500 SMMLV, es decir, 580 millones, el aumento sería del 200%.

Los predios rurales y urbanos que superen los 500 SMMLV, podrían tener un aumento del 300%.

Fuente

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