El Gobierno
Nacional radicó proyecto de ley que aumentaría el impuesto predial hasta un
300%.
El pasado 10 de
noviembre el Gobierno Nacional, por medio del Ministerio de Hacienda, radicó un
proyecto de ley que busca determinar los topes en el impuesto predial en todo
el territorio nacional.
Según el
documento oficial, se propone realizar una modificación parcial a la Ley 44 de
1990, con la derogación de la Ley 1995 de 2019, la cual establece normativas
relacionadas con el catastro y los impuestos sobre la propiedad raíz, además de
disposiciones tributarias territoriales. El texto sugiere que, para los predios
urbanos con un avalúo catastral igual o inferior a 135 salarios mínimos legales
mensuales vigentes, se contempla la posibilidad de aumentar hasta un 50% el
monto liquidado en el año anterior.
En el caso de los
predios urbanos cuyo avalúo se sitúe por encima de los 135 salarios mínimos,
pero no exceda los 250 salarios mínimos, se plantea la opción de un incremento
en el impuesto predial de hasta el 100%.
“Los predios
urbanos con destino económico, habitacional o comercial cuyo avalúo catastral
sea superior a 250 SMMLV y menor o igual a 350 SMMLV tendrán hasta el 150% más
del monto liquidado por el mismo concepto del año anterior” se lee en el
documento.
Para las
propiedades que tengan avalúos superiores a 250 salarios mínimos y menor o
igual a 350 salarios mínimos, el aumento podría llegar hasta el 15%.
“Hasta el 300%
del monto liquidado por el mismo concepto el año inmediatamente anterior para
los predios urbanos y rurales cuyo avalúo catastral sea superior a 500 SMMLV”,
indica el texto.
De igual manera,
otros puntos claves de este proyecto, según el Ministerio de Hacienda, son: la
unificación de dos leyes, se pronostica que solo el 5% de los predios estarán
en los rangos más altos del aumento, este cambio buscaría la progresividad,
pues se establecen diferentes rangos.
Topes para
limitar el incremento del impuesto predial
En el proyecto de
ley se proponen los siguientes límites en el aumento del impuesto predial:
En los terrenos
urbanos destinados para uso residencial y comercial, con un valor catastral que
supere los 135 salarios mínimos, pero que no alcance los 250 salarios mínimos,
se contempla la posibilidad de aplicar un aumento de hasta el 100%.
El impuesto
predial podría experimentar un aumento de hasta el 50% en terrenos urbanos
destinados para uso residencial y comercial, siempre que el valor catastral no
supere los 135 salarios mínimos legales mensuales vigentes, equivalente a
aproximadamente 156.6 millones de pesos en los valores actuales de 2023.
En el caso de
terrenos urbanos destinados a fines residenciales y comerciales con un valor
catastral superior a los 250 salarios mínimos legales mensuales vigentes
(SMMLV) pero inferior a los 350 SMMLV (equivalentes a 406 millones de pesos),
se contempla la posibilidad de un ajuste del 150%.
En el caso de los
predios rurales y urbanos con un avalúo superior a los 350 SMMLV, pero menor a 500 SMMLV, es decir, 580 millones, el aumento
sería del 200%.
Los predios
rurales y urbanos que superen los 500 SMMLV, podrían tener un aumento del 300%.
Fuente
Sistema Integrado DigitalEl Gobierno
Nacional radicó proyecto de ley que aumentaría el impuesto predial hasta un
300%.
El pasado 10 de
noviembre el Gobierno Nacional, por medio del Ministerio de Hacienda, radicó un
proyecto de ley que busca determinar los topes en el impuesto predial en todo
el territorio nacional.
Según el
documento oficial, se propone realizar una modificación parcial a la Ley 44 de
1990, con la derogación de la Ley 1995 de 2019, la cual establece normativas
relacionadas con el catastro y los impuestos sobre la propiedad raíz, además de
disposiciones tributarias territoriales. El texto sugiere que, para los predios
urbanos con un avalúo catastral igual o inferior a 135 salarios mínimos legales
mensuales vigentes, se contempla la posibilidad de aumentar hasta un 50% el
monto liquidado en el año anterior.
En el caso de los
predios urbanos cuyo avalúo se sitúe por encima de los 135 salarios mínimos,
pero no exceda los 250 salarios mínimos, se plantea la opción de un incremento
en el impuesto predial de hasta el 100%.
“Los predios
urbanos con destino económico, habitacional o comercial cuyo avalúo catastral
sea superior a 250 SMMLV y menor o igual a 350 SMMLV tendrán hasta el 150% más
del monto liquidado por el mismo concepto del año anterior” se lee en el
documento.
Para las
propiedades que tengan avalúos superiores a 250 salarios mínimos y menor o
igual a 350 salarios mínimos, el aumento podría llegar hasta el 15%.
“Hasta el 300%
del monto liquidado por el mismo concepto el año inmediatamente anterior para
los predios urbanos y rurales cuyo avalúo catastral sea superior a 500 SMMLV”,
indica el texto.
De igual manera,
otros puntos claves de este proyecto, según el Ministerio de Hacienda, son: la
unificación de dos leyes, se pronostica que solo el 5% de los predios estarán
en los rangos más altos del aumento, este cambio buscaría la progresividad,
pues se establecen diferentes rangos.
Topes para
limitar el incremento del impuesto predial
En el proyecto de
ley se proponen los siguientes límites en el aumento del impuesto predial:
En los terrenos
urbanos destinados para uso residencial y comercial, con un valor catastral que
supere los 135 salarios mínimos, pero que no alcance los 250 salarios mínimos,
se contempla la posibilidad de aplicar un aumento de hasta el 100%.
El impuesto
predial podría experimentar un aumento de hasta el 50% en terrenos urbanos
destinados para uso residencial y comercial, siempre que el valor catastral no
supere los 135 salarios mínimos legales mensuales vigentes, equivalente a
aproximadamente 156.6 millones de pesos en los valores actuales de 2023.
En el caso de
terrenos urbanos destinados a fines residenciales y comerciales con un valor
catastral superior a los 250 salarios mínimos legales mensuales vigentes
(SMMLV) pero inferior a los 350 SMMLV (equivalentes a 406 millones de pesos),
se contempla la posibilidad de un ajuste del 150%.
En el caso de los
predios rurales y urbanos con un avalúo superior a los 350 SMMLV, pero menor a 500 SMMLV, es decir, 580 millones, el aumento
sería del 200%.
Los predios
rurales y urbanos que superen los 500 SMMLV, podrían tener un aumento del 300%.
Fuente
Sistema Integrado DigitalEl Gobierno
Nacional radicó proyecto de ley que aumentaría el impuesto predial hasta un
300%.
El pasado 10 de
noviembre el Gobierno Nacional, por medio del Ministerio de Hacienda, radicó un
proyecto de ley que busca determinar los topes en el impuesto predial en todo
el territorio nacional.
Según el
documento oficial, se propone realizar una modificación parcial a la Ley 44 de
1990, con la derogación de la Ley 1995 de 2019, la cual establece normativas
relacionadas con el catastro y los impuestos sobre la propiedad raíz, además de
disposiciones tributarias territoriales. El texto sugiere que, para los predios
urbanos con un avalúo catastral igual o inferior a 135 salarios mínimos legales
mensuales vigentes, se contempla la posibilidad de aumentar hasta un 50% el
monto liquidado en el año anterior.
En el caso de los
predios urbanos cuyo avalúo se sitúe por encima de los 135 salarios mínimos,
pero no exceda los 250 salarios mínimos, se plantea la opción de un incremento
en el impuesto predial de hasta el 100%.
“Los predios
urbanos con destino económico, habitacional o comercial cuyo avalúo catastral
sea superior a 250 SMMLV y menor o igual a 350 SMMLV tendrán hasta el 150% más
del monto liquidado por el mismo concepto del año anterior” se lee en el
documento.
Para las
propiedades que tengan avalúos superiores a 250 salarios mínimos y menor o
igual a 350 salarios mínimos, el aumento podría llegar hasta el 15%.
“Hasta el 300%
del monto liquidado por el mismo concepto el año inmediatamente anterior para
los predios urbanos y rurales cuyo avalúo catastral sea superior a 500 SMMLV”,
indica el texto.
De igual manera,
otros puntos claves de este proyecto, según el Ministerio de Hacienda, son: la
unificación de dos leyes, se pronostica que solo el 5% de los predios estarán
en los rangos más altos del aumento, este cambio buscaría la progresividad,
pues se establecen diferentes rangos.
Topes para
limitar el incremento del impuesto predial
En el proyecto de
ley se proponen los siguientes límites en el aumento del impuesto predial:
En los terrenos
urbanos destinados para uso residencial y comercial, con un valor catastral que
supere los 135 salarios mínimos, pero que no alcance los 250 salarios mínimos,
se contempla la posibilidad de aplicar un aumento de hasta el 100%.
El impuesto
predial podría experimentar un aumento de hasta el 50% en terrenos urbanos
destinados para uso residencial y comercial, siempre que el valor catastral no
supere los 135 salarios mínimos legales mensuales vigentes, equivalente a
aproximadamente 156.6 millones de pesos en los valores actuales de 2023.
En el caso de
terrenos urbanos destinados a fines residenciales y comerciales con un valor
catastral superior a los 250 salarios mínimos legales mensuales vigentes
(SMMLV) pero inferior a los 350 SMMLV (equivalentes a 406 millones de pesos),
se contempla la posibilidad de un ajuste del 150%.
En el caso de los
predios rurales y urbanos con un avalúo superior a los 350 SMMLV, pero menor a 500 SMMLV, es decir, 580 millones, el aumento
sería del 200%.
Los predios
rurales y urbanos que superen los 500 SMMLV, podrían tener un aumento del 300%.
Fuente
Sistema Integrado Digital
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