¿Qué elementos debe contener el kit de carretera?
La seguridad es primordial a la hora de conducir vehículo, por lo tanto, recuerda siempre verificar que tu vehículo porte el kit de carretera completo y en buen estado, ya que este te será de gran ayuda en situaciones o eventos inesperados que se pueden presentar en la vía, adicionalmente te evitará una multa por infringir las normas de tránsito.
En Colombia todo vehículo que transite por las vías nacionales deberá portar un equipo de prevención y seguridad o kit de carretera con un mínimo de elementos establecidos, como lo reza el artículo 30 del Código Nacional de Tránsito.
Este quipo de prevención y seguridad debe contener como mínimo:
1. Un gato hidráulico, el cual debe ser proporcional al tamaño del vehículo, es decir, este debe tener la capacidad de elevar al vehículo.
2. Una cruceta
3. Dos señales de triángulo reflectivas de treinta (30) centímetros de lado como mínimo, con bordes rojos de cinco (5) centímetros de ancho como mínimo, provistas de soportes para ser colocadas en forma vertical o lámparas de señal de luz amarilla intermitentes o de destello. Esta señalización deberá colocarse entre 50 y 100 metros adelante y atrás del vehículo, según el artículo 79 del Código Nacional de Tránsito.
4. Un botiquín de primeros auxilios, el cual debe contener como mínimo: Antisépticos, un elemento de corte, algodón, gasa estéril, esparadrapo o vendas adhesivas, venda elástica, analgésicos y jabón. Ninguno de estos elementos deberá estar vencido.
5. Un extintor de incendios, de uso manual que cumpla con las especificaciones señaladas por la Superintendencia de Industria y Comercio. con un alcance mínimo de descarga de un (1) metro y de acuerdo con la siguiente tabla de capacidades mínimas de extinción. según norma ICONTEC vigente:
a. Automóviles. camperos y camionetas: Un (1) extintor con capacidad mínima de extinción de 2B-C.
b. Busetas, microbuses. buses. volquetas y camiones hasta de cinco (5) toneladas: Un (1) , extintor con capacidad mínima de extinción 5B-C.
c. Buses de servicio intermunicipal de pasaderos, camiones de mas de cinco (5) toneladas y vehículos articulados: Un (1) extintor con capacidad mínima de extinción lOB-C.
d. Carro tanques o cualquier vehículo destinado al transporte de gases licuados del petróleo o de otros líquidos inflamables: Un (1) extintor con capacidad mínima de extinción 20B-C.
En los vehículos de carga además del extintor a que se refiere el párrafo anterior, se debe portar otro adecuado para la extinción de incendios acorde con el tipo de carga.
Los extintores se colocarán en un sitio visible de fácil acceso en el evento de una emergencia. libre de elementos que impidan su rápida utilización y con las condiciones de seguridad adecuadas.
6. Dos tacos para bloquear el vehículo, los cuales deben ser proporcionales al tamaño y peso del vehículo.
7. Caja de herramientas básica, la cual deberá contener como mínimo: Alicate, destornilladores, llave de expansión y llaves fijas.
8. Llanta de repuesto, en buenas condiciones de labrado.
9. Linterna, funcional.
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