No obstante, están exceptuados los siguientes despachos judiciales y dependencias administrativas del régimen individual de vacaciones:
• Juzgados Promiscuos de Familia
• Juzgados Penales Municipales
• Juzgados de Ejecución de Penas y de Medidas de Seguridad.
• Consejo Superior de la Judicatura y sus Unidades
• La Dirección Ejecutiva de Administración Judicial
• Consejos Seccionales de la Judicatura y Direcciones Seccionales de Administración Judicial
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