sábado, 4 de septiembre de 2021

En Colombia no habrá cadena perpetua

La Corte encontró que acoger ahora una sanción como la prisión perpetua configura un retroceso en materia de humanización de las penas, en la política criminal y en la garantía de resocialización de las personas condenadas. Concluyó que el Congreso de la República transgredió su poder de reforma al incluir la pena de prisión perpetua revisable en el Artículo 34 de la Constitución, pues afectó un eje definitorio de la carta como lo es el estado social y democrático de derecho fundado en la dignidad humana y, en consecuencia, sustituyó la Constitución.






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