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lunes, 14 de junio de 2021

JISTICIA ¡YA! EN CASO CAROLINA TRUJILLO

Ipiales, 14 de junio de 2021
Señoras y señores:
ALCALDÍA MUNICIPAL DE IPIALES
ISERVI
CONCEJO MUNICIPAL DE IPIALES
MESA MUNICIPAL DE MUJERES DE IPIALES
COMISARÍA DE FAMILIA IPIALES
SECRETARÍA DE SALUD IPIALES
PERSONERÍA MUNICIPAL DE IPIALES
GOBERNACIÓN DE NARIÑO
SECRETARÍA DE EQUIDAD DE GÉNERO E INCLUSIÓN SOCIAL - SEGIS
INSTITUTO DEPARTAMENTAL DE SALUD DE NARIÑO
ONU MUJERES SECCIONAL NARIÑO
COMITÉ DEPARTAMENTAL (NARIÑO) DE SEGUIMIENTO DE VIOLENCIA SEXUAL 
OBSERVATORIO DE GÉNERO NARIÑO 
DEFENSORÍA DEL PUEBLO
POLICÍA NACIONAL
FISCALÍA GENERAL DE LA NACION
PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACION
INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR - ICBF
MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCION SOCIAL 
ORGANIZACIONES DEFENSORAS DE DERECHOS HUMANOS
MEDIOS DE COMUNICACIÓN
COMUNIDAD EN GENERAL 
Referencia: PRONUNCIAMIENTO POR EL FEMINICIDIO DE CAROLINA TRUJILLO
El Tribunal por la Dignidad de las Mujeres de Nariño conformado por: Mesa Departamental de  Mujeres de Nariño, Mesas de Mujeres de los diferentes municipios del Departamento de  Nariño, Red Nacional de Mujeres de Colombia, Fundación Mujeres Empresarias Unidas,  Batucada Sur-Versiva, Asociación Colombiana de Estudiantes Universitarios, Círculo de  Mujeres de Ipiales, Círculo de Mujeres Construyéndote, Mujeres Nariñenses por la Paz, Red  Nacional de mujeres por la paz – Nodo Ipiales, Aquelarre Ipiales, Coordinación Nacional de  Mujeres Indígenas de Colombia, She is control (Palabras de Mujeres), Las Guaguas - Red  Nacional de Mujeres Nodo Ipiales, Colectivo Las Cumbalas, Colectivo Francisca Chapuel, Red 
Nacional de Mujeres Defensoras de Derechos Humanos, Fundación Integral Huellas, Colectivo  Guanga, Asociación de lideresas del Pacífico Nariñense ASOLIPNAR y Dancing Academia de  Baile, respaldadas en las siguientes leyes:
• Ley 1719 Por la cual se modifican algunos artículos de las Leyes 599 de 2000, 906 de 2004  y se adoptan medidas para garantizar el acceso a la justicia de las víctimas de violencia  sexual, en especial la violencia sexual con ocasión del conflicto armado, y se dictan otras  disposiciones.
• Ley 1761 de julio de 2015 que tipifica al feminicidio como un delito autónomo. La ley, conocida  también como Ley Rosa Elvira Cely, explica el feminicidio de la siguiente manera: “causar la  muerte de una mujer por su condición de ser mujer o por motivos de su identidad de género”.
• Ley 1257 de 2008 que tiene por objeto la adopción de normas que permitan garantizar para  todas las mujeres una vida libre de violencia, tanto en el ámbito público como en el privado,  el ejercicio de los derechos reconocidos en el ordenamiento jurídico interno e internacional, el  acceso a los procedimientos administrativos y judiciales para su protección y atención, y la  adopción de las políticas públicas necesarias para su realización.
• La cual además, desde El Ministerio del Trabajo promueve su cumplimiento y 
particularmente el decreto reglamentario del sector Trabajo el 4463 de 2011, en ese 
marco normativo promociona los derechos humanos de las mujeres en el mundo del 
trabajo. Y entendiendo que actualmente, se reconocen diferentes tipos de violencia que afectan a las mujeres,  tales como violencia: psicológica, física, sexual, económica y estructural, todas estas que, ejercidas 
de manera constante, llevan al feminicidio…
Manifestamos nuestro rechazo contundente al feminicidio de la señora CAROLINA TRUJILLO, perpetuado el 12 de junio de 2021, mientras estaba cumpliendo con su jornada de trabajo, como  operaria de barrido de la empresa pública ISERVI y que, según dictamen de Medicina Legal, la causa 
de su deceso fue acceso carnal violento y asfixia. Además de esta gravedad, quedan huérfanas sus  tres hijas de 7, 10 y 15 años (quienes ya antes eran huérfanas de padre); para ellas debe primar la protección de nuestra infancia con plan de contingencia de ICBF y/o Comisaría de familia como
garantes del derecho a las menores.
Indigna que este feminicidio ocurrido el 12 de junio de 2021, a la fecha no genera ningún  pronunciamiento por parte de los funcionarios públicos a nivel local: del sector justicia, del sector  protección, del sector salud, del sector de vigilancia y control, de la Alcaldía Municipal, o articulación  con entes departamentales y nacionales en los que la comunidad debería sentirse apoyada y 
protegida por la vocación misma que adquieren cada uno de ellos, de servir, sentir y atender a sus  necesidades, sin clasificarlas, ni diferenciarlas.
No hay declaraciones, ni tan siquiera un comunicado de prensa como si lo hicieron en días pasados  por el fallecimiento de una funcionaria pública, en el mismo día del acontecimiento, lo que nos da a  entender discriminación y trato selectivo, siendo que este feminicidio se dio hacia una funcionaria – operaria – prestadora del servicio a una entidad pública, como lo es ISERVI, quien también es una  persona que merece todo el respeto, el trato digno y la importancia de ser humano; en cambio sí  hubo acción ejemplarizante del manejo que le dio la Alcaldía de Cali y la Gobernación del Valle del  Cauca al caso de Sally Lucía Tejada, nuestra niña Nariñense de 9 años de edad, en condiciones de desplazamiento del Charco Nariño quien por esa razón, pasó a vivir a Cali con su familia y allí fue  víctima de feminicidio el 9 de junio de 2021, por el cual se ofrecieron 230 millones de recompensa 
para encontrar al culpable, recursos que amparados por la Constitución Nacional de Colombia, salen  del Fondo de Cuenta de Seguridad Ciudadana.
La ausencia y falta de gestión de: Comités de apoyo a la gestión del enfoque de género, como el de  seguimiento a la Ley 1257 de 2008, la Comisión de Género del Concejo Municipal, la Mesa Municipal  de mujeres de Ipiales, la Oficina de Género y la Gestora Social, limitan la planificación y aplicación 
del enfoque de género en la gestión pública y generan desigualdades que se expresan en situaciones  de discriminación, exclusión social y favorecen la continua impunidad en los diferentes casos de  violencias y feminicidios. 
Preocupa sobre manera que casos como el del feminicidio de Gladys Cuaspud ocurrido el 16 de  octubre de 2019 y el de Erica, mujer trans en diciembre 30 de 2020, quedaron impunes, en el primer  caso el feminicida huyó de la ciudad y esta es la fecha que no hay ninguna respuesta de la justicia y 
esa es una de las consecuencias del mal funcionamiento e ineficiencia en la gestión institucional.
Por tales razones, las mujeres de Ipiales y municipios aledaños, sin importar la comunidad a la que  pertenecemos, nos sentimos desamparadas, lo que nos ha obligado a organizarnos en redes de 
mujeres para fortalecer nuestra participación activa y empoderamiento, mediante manifestaciones,  comunicados, plantones, campañas en redes sociales, derechos de petición, para visibilizar nuestras  necesidades y llevarlas a la agenda pública para la garantía de los derechos humanos con enfoque  de género. 
Por todo lo anterior, hacemos un llamado a todos los actores sociales a construir Gobernanza que es  la comprensión y unión de todos, Estado, empresa, academia y comunidad, promoviendo políticas 
públicas de manera estructural que fomente la igualdad y equidad de género, impactando la  corresponsabilidad de aportar al desarrollo sostenible del país como un esfuerzo para transformar el  colectivo por un bien social para nuestros hijos y familias y “EXIGIMOS JUSTICIA URGENTE POR 
CAROLINA TRUJILLO”
Atentamente,
TRIBUNAL POR LA DIGNIDAD DE LAS MUJERES

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